Acompañar la adopción desde Mendiolaza

Cuando el amor requiere de la ley

Acompañando la adopción desde Mendiolaza

Martha Alejandra Monguillot, vive desde hace 21 años en la ciudad y es abogada especializada en Derecho de las Familia. Frecuentemente comparte en los grupos de vecinos en las redes información y consejos sobre su especialidad. Su trabajo es acompañar la adopción desde Mendiolaza.

Las realidades

Acompañar la adopción desde Mendiolaza

«Para los que se encuentran en la espera de formar una familia es bueno considerar que no solo es posible hacerlo a partir de recién nacidos. »

«Hoy compartimos esta jurisprudencia nacional que permite anotar a un bebé como hijo de su madre y padre ya fallecido debido a que este ultimo había dado su consentimiento a la fecundación asistida.»

Las publicaciones de Alejandra Monguillot en las redes al mismo tiempo informan y sensibilizan.

“Me ha tocado acompañar casos muy hermosos.  He acompañado tanto a matrimonios como a parejas y también a madre soltera. Todas fueron y son experiencias hermosas y uno ve a los niñes integrados, felices y transitando la vida colmados de amor y cuidados.  Es una experiencia transformadora” comentó Alejandra.

La abogada especialista en familia compartió su visión acerca de si en estos últimos años ha crecido la demanda de adoptantes: “creo que el número no ha crecido en igual proporción que los niñas, niños y adolescentes (NNA) que necesitan conformar una familia. Las razones son multicausales, una de ellas es el avance de la ciencia en materia de reproducción humana asistida y la intervención del Estado para los tratamientos, ya sea a través de las obras sociales o los sistemas públicos de salud. Ello hace que el número de aspirantes a adoptar sea  inferior. Hay también otra mirada sobre la maternidad/paternidad, y como acompasar ese rol con el proyecto de vida autorreferencial  y, fundamentalmente, la crisis económica. Estos tres factores desde mi punto de vista han disminuido el número de aspirantes” agregó Alejandra.

La adopción

La adopción es una de las tres fuentes de filiación que contempla nuestro sistema legal que son: por adopción, por naturaleza y por técnicas de reproducción humana asistida.

La Ley de Adopción se modificó en 1997 y recién en 2004 se creó el Registro Único de Aspirantes (RUA) por Ley 25854, luego incluido en el Código Civil y Comercial ya con la recepción de todos los tratados de Derechos Humanos.

Con la reforma del Código Civil en 2014, hubo cambios en materia de adopción. Uno de esos cambios suprimió por completo la entrega directa que era posible en el sistema anterior. Este era un pacto directo entre la madre biológica y la adoptiva en donde ambas se reunían y entendían que qué razones una le dará la vida y la otra, un hogar.  Además, con la reforma del se integraron las nuevas formas familiares. Esto quiere decir que no hay diferencias entre los futuros adoptantes por su estado civil u orientación sexual. Pudiendo adoptar personas solteras, en pareja o matrimonio ya sean hetero u homosexuales. También, y de los puntos más importantes, se le otorgó voz al NNA que va a ser adoptado requiriéndose además el consentimiento expreso en el caso de que tenga más de 10 años.

Cuando un NNA entra al proceso de adopción es porque se ha concluido con una etapa fundamental que es declarar el estado de adoptabilidad. Para ello la autoridad administrativa ha agotado todas las vías para que pueda ser vinculado a su familia biológica primal o extendida,  o referentes sociales que puedan ejercer su cuidado. Si esas instancias no son posibles, el juez declara el estado de adoptabilidad y solicita los legajos y proyectos adoptivos al RUA para analizar qué proyecto adoptivo se adecúa de mejor manera a ese NNA. Una vez que los proyectos llegan al juez y este elige uno, comienza la vinculación del niñe con los futuros adoptantes para luego otorgarles la guarda preadoptiva. Y posteriormente se inicia la guarda de 6 meses en el que conviven el aspirante a adoptar y el posible adoptado antes del juicio de adopción.

El proceso

Acompañar la adopción desde Mendiolaza

Para inscribirse en el RUA no es necesario contar con abogado. Recién cuando se inicia el juicio de adopción si será necesaria la asistencia de un abogado y si este/a es especialista en derecho de familia mucho mejor porque cuenta con una formación que nos permite acompañar integralmente a las familias adoptivas.

En la página del RUA hay una capacitación virtual con un examen final que requiere el 60% de aprobación. Esto es para poder explicar todos los aspectos de la adopción y cuestiones prácticas, legales y evacuar las dudas sobre este instituto. Luego se completa una Declaración Jurada de datos personales y de Salud. También hay un formulario que debe ser llenado por un medico clínico y psicólogo sobre el estado de salud psicofísico del o los adoptantes. Una vez presentado el Proyecto Adoptivo (monoparental, en unión convivencial o matrimonio), se tendrá entrevistas con el Equipo Técnico, pudiendo ser así aceptado para formar parte del Registro Único de Adopciones.

Requisitos

Los requisitos para adoptar son:

  • Ser mayor de 25 años
  • Tener 16 años de diferencia con el NNA que se pretende adoptar
  • Ser argentino/a o tener una residencia mayor de 5 años y estar inscripto en el Registro Único de Adoptantes (RUA) de su lugar de residencia. El único supuesto que no es necesaria la inscripción en el RUA es para la adopción integrativa que es cuando se adopta el hije del conyuge.

El RUA es nacional, por eso los aspirantes solo se inscriben en el registro de su domicilio. Luego, el juez/a va a solicitar los proyectos del lugar de residencia del niño,  y si no hay o no son viables, se amplía la zona geográfica.

Las convocatorias públicas son casos excepcionales que por las características de los futuros adoptados, que no haya aspirantes en su lugar de residencia y no recibiendo respuesta de otros registros, se abre una convocatoria pública por orden del juez para conseguir familia de manera más urgente. Este mecanismo suele usarse para los NNA que están en grupo de hermanos, que tienen patologías o que no son niñes pequeños.

Acompañar la adopción desde Mendiolaza

Visited 3 times, 1 visit(s) today

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *