Cada jurisdicción con su norma y una norma para todas
Se viene la última semana de enero y se empiezan a preparar quienes salen de vacaciones en febrero. Junto con eso comienzan las preocupaciones por los controles en las rutas cordobesas. En el comienzo de la temporada turística la provincia fue noticia por las diferentes exigencias para circular. Una de las que más revuelo causó fue la obligación de contar con el matafuego. Esto generó una suba en la demanda en los lugares habilitados para su recarga. Pero las cosas se complican un poco más, si la ruta es nacional o si el municipio ha adherido o no a la Ley Nacional. Ante la confusión, cabe remarcar los límites de cada requisito, y las obligaciones de los conductores, para circular con tranquilidad. Mientras tanto, la adhesión de Mendiolaza a la Ley de Tránsito ingresó para ser tratada en sesiones extraordinarias pero quedó a la espera de que se normalice la conformación del Concejo.
Matafuegos: requisitos y controles

Colas en las casas de recarga de matafuegos. Adhesión de Mendiolaza a la Ley de Tránsito
La Ley Nacional de Tránsito, y también la Provincial, exige que todos los vehículos porten un matafuegos homologado, operativo y con la carga vigente. Este elemento debe estar ubicado al alcance del conductor y correctamente fijado mediante un soporte.
Si bien este requisito, como la obligación de contar con elementos como balizas triangulares, siempre han sido exigibles, y no resultan una medida nueva, este año el tema ha generado controversia.
Este 2025 se ha difundido de manera más extendida este requisito a raíz de videos publicados por viajeros que fueron multados por no contar con estos elementos. Sin embargo desde la policía caminera insisten en remarcar que estos requisitos han sido siempre exigibles. La ley N° 24.449 indica que todos los vehículos que circulen por el territorio argentino deberán llevar un matafuego portátil de polvo ABC de un kilo. Deben estar fabricados, mantenidos y controlados la carga periódicamente conforme a las especificaciones de las normas IRAM.
La vida útil de un matafuegos es de 20 años, pero su rendimiento disminuye con el tiempo. Para garantizar su eficacia, se le debe hacer un control anual, aún cuando el manómetro muestre que cuenta con carga y presión.
ITV: obligatoriedad y funcionamiento en Córdoba

ITV es exigible sólo para los autos en cuyos municipios de origen sea obligatorio. Adhesión de Mendiolaza a la Ley de Tránsito
A quién se le exige la ITV en Córdoba
La Policía Caminera tiene la facultad de exigir la ITV únicamente a vehículos provenientes de municipios que hayan implementado este sistema. No obstante, persiste la duda sobre si los agentes cuentan con la información suficiente para identificar cuáles localidades poseen ITV. Por su parte, Gendarmería Nacional, que realiza controles en rutas nacionales, no está facultada para exigir la ITV ni sancionar infracciones relacionadas con ella en vehículos particulares.
La obligatoriedad de la ITV depende de la radicación del vehículo y del municipio que haya implementado el sistema de revisión técnica. Todos, pero todos los tipos de vehículos motorizados que circulan, deben pasar una Inspección en los municipios que así lo hayan dispuesto:
- Vehículos radicados en municipios con ITV: Estos deben contar con la oblea correspondiente al día. En el caso de la ciudad de Córdoba, la Policía Caminera puede exigir la ITV a estos vehículos en cualquier punto de la provincia debido al convenio de delegación entre la Municipalidad y la Provincia.
- Vehículos radicados en municipios sin ITV: No están obligados a realizar la revisión técnica. Tampoco pueden ser sancionados por la Policía Caminera ni por controles en municipios que sí cuentan con ITV.
Mendiolaza y la Ley Nacional de Tránsito

El proyecto está presentado pero el debate está suspendido. Adhesión de Mendiolaza a la Ley de Tránsito
La adhesión de Mendiolaza la Ley de Tránsito ingresó en noviembre del año pasado para ser tratada por el Concejo Deliberante en sesiones extraordinarias. En ese momento, todos los ediles consideraron que el tema debía ser analizado y acordaron que se trataría en otra sesión. Pero , tras la renuncia de Lucía Roselli y Dolores Aramburu, y la paralización absoluta del Concejo, el análisis quedó a la espera de que se normalice la conformación del cuerpo.
La adhesión a las leyes nacionales permitiría a Mendiolaza integrarse al Sistema Nacional de Infracciones (SINAI) y al Régimen Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT). Según los argumentos del proyecto, esto serviría para facilitar una gestión más eficiente y unificada del tránsito vehicular.
Uno de los cambios que impondría la adhesión sería incorporar el sistema de puntos para las licencias de conducir. Este sistema consiste en restar puntos a los conductores que cometen infracciones de tránsito. Los conductores comienzan con 20 puntos en su licencia. Si cometen infracciones, se les restan puntos de manera gradual.
Aunque la Ley invita gobiernos provinciales y municipales a adherir íntegramente al texto, algunos lo han hecho con reservas. Es el caso de ciudad de Córdoba que suscribió la norma en 2020, haciendo algunas reservas para no perder autonomía, por ejemplo, en materia de multas, licencias y señalética. Además, los municipios tienen autonomía para regular aspectos como el tránsito y la seguridad vial.
Así, el proyecto de ordenanza presentado en Mendiolaza incorpora una particularidad local que establece la vigencia de las licencias de conducir para mayores de 70 años por un período de dos años. Esta medida se acompañará de evaluaciones periódicas que consideren la aptitud física, visual y psicomotriz de los conductores, priorizando tanto la seguridad vial como la accesibilidad de este grupo etario. En este sentido se aparta de la norma nacional que establece esta reducción de la vigencia a partir de los 65 años.
Así mismo, establece que en caso de aprobarse, las licencias de conducir que hayan sido extendidas conforme a la normativa vigente de Mendiolaza, mantendrán su validez y vigencia hasta la fecha de expiración originalmente establecidas al momento de su emisión.
En ese margen de adhesión o no de cada municipio, se inscribe la Inspección Técnica Vehicular, dado que la norma nacional establece como requisito en su artículo 34 la Revisión Técnica Obligatoria.