Batalla judicial por la revocatoria en Mendiolaza

Rechazaron todos los pedidos de los abogados de Arning

Batalla judicial por la revocatoria en Mendiolaza demendiolaza

El Tribunal Electoral Municipal de Mendiolaza rechazó los pedidos presentados por los abogados de la intendenta para anular los actos realizados hasta el momento en el marco de la revocatoria. La solicitud, que pretendía invalidar las firmas recolectadas, fue rechazada tanto a nivel local como por la Justicia Electoral Provincial, a cargo de la Dra. Marta Vidal. Desde el ámbito judicial sostienen que aún no existe un pedido formal de revocatoria presentado, por lo que no se advierte ninguna irregularidad en las decisiones tomadas hasta ahora por el tribunal. Paralelamente, los abogados también solicitaron el apartamiento de la jueza de paz interviniente, pero el planteo fue rechazado. Actualmente analizan los pasos a seguir con sus demandas en la batalla judicial por la revocatoria en Mendiolaza y aseguran que llegarán hasta la Corte Suprema de Justicia.

 

Revés judicial

Mientras muchos vecinos de la ciudad continúan acreditando su identidad y acompañando con su firma el proceso de revocatoria, los abogados de la Intendenta procuran que se revise todo lo actuado y se desestimen las firmas recolectadas hasta el momento. Paralelamente, también intentan apartar a la presidenta de la Junta Electoral Municipal, la Jueza de Paz Cecilia Matías, bajo el argumento de prejuzgamiento y adelanto de opinión sobre cuestiones que deberían resolverse posteriormente. Hasta ahora, ambos pedidos -tanto la anulación de las firmas como el apartamiento de la Jueza- han sido rechazados, y los abogados buscan una resolución favorable en instancias superiores y analizan qué tipo de recurso o defensa articular ante esas decisiones.

Nicolá Quero, abogado de Adela Arning, señala “Nosotros hemos hecho una serie de pedidos, entre ellos que se debe fiscalizar la certificación de firmas, por ejemplo, y ese proceso avanza. También estamos planteando que, desde el momento en que hay certificaciones de firmas, ya existe un proceso de revocatoria. Desde lo técnico y lo jurídico, la Junta Electoral Municipal nos ha dicho que no, y eso sí tiene repercusiones en otros pedidos. Básicamente, nosotros vamos a articular por todas las instancias, vamos a seguir todos los pasos legales hasta que nos den la razón. El proceso es simple: Justicia Electoral Municipal, Justicia Provincial, de la Dra. Marta Vidal, Cámara de lo Contencioso Administrativo, TSJ y Corte. Básicamente, nuestros planteamientos van a ser todos así.”

 

Cuestionan la recolección de firmas

Los abogados de Arning aseguran que llegarán a la Sprema Corte. Batalla judicial por la revocatoria en Mendiolaza

Respecto al proceso en sí, los representantes de Arning manifestaron un fuerte desacuerdo con la modalidad implementada. La Junta Electoral considera la certificación de firmas como un «acto preliminar», mientras que ellos sostienen que, de acuerdo a la ley 8102, primero debe presentarse formalmente la solicitud de revocatoria y recién después certificar las firmas. Según su interpretación, actualmente se están certificando firmas de una solicitud que aún no existe, lo que vulneraría garantías básicas y afectaría la transparencia del proceso.

Además, criticaron el entendimiento que permite la recolección de un 10% de firmas certificadas sin límite de tiempo, argumentando que el espíritu de la norma exige un proceso breve para asegurar la vigencia y relevancia de la voluntad popular.

Con respecto a si la presentación directa de un 10% de firmas acreditadas sería válida, Quero insiste en que la certificación de la identidad del firmante es necesaria, pero no suficiente. En este sentido desde la defensa de Intendenta insisten en que es indispensable que, al momento de firmar, los ciudadanos conozcan el contenido exacto de la solicitud de revocatoria, incluyendo los fundamentos y causales específicas, algo que no estaría ocurriendo en este procedimiento.

Asimismo, ponen en duda la validez de los fundamentos expuestos públicamente para sustentar la revocatoria, cuestionando que argumentos como el incumplimiento de promesas de campaña puedan ser considerados causales legítimas bajo el marco de estabilidad institucional que debe regir en un sistema democrático.

Quero remarca que faltan argumentos sólidos, y que hay desconocimiento de los firmantes de muchos de estos argumentos “Uno, cuando ve esos fundamentos que se han hecho públicos, que motivarían la revocatoria, no encuentra causales de revocatoria ahí. Pero bueno, eso es lo que se va a discutir. Por ejemplo, decir que no se cumplieron las promesas de campaña… Los fundamentos dicen muchas cosas que después las contestaremos oportunamente. Pero desde el momento en que te dicen que hay un incumplimiento de las promesas de campaña al año de la gestión, ese no es el espíritu de una revocatoria y no puede dar sustento a una causal de revocatoria. Acá hay un montón de elementos e irregularidades que nosotros estamos viendo, y ¿qué pasa? Puede la Junta Electoral Municipal, puede la Justicia de Córdoba señalar eso, y me parece correcto, son interpretaciones. Pero nosotros vamos a dar esa batalla procesal, inclusive llegar a la Corte.”

 

Resolución de la Junta Electoral

 

La Justicia consideró improcedente el recurso de reconsideración presentado por los abogados de la intendenta. Explicaron que, al día de hoy, no existe ningún pedido de revocatoria formal contra Adela Arning ni contra ningún otro funcionario municipal, conforme lo establecen los artículos 157 y 162 de la Ley 8102.

Por esa razón, señalaron que no hay ninguna resolución que haya provocado un estado de indefensión, como argumentan los abogados, ni tampoco existen los perjuicios o «agravios» que denunciaban.

En otras palabras, como no hay un proceso revocatorio iniciado, no puede hablarse de afectación al derecho de defensa de la intendenta. Por todo esto, la Junta Electoral decidió ratificar todas las actuaciones realizadas hasta el momento.

Además, la resolución también rechazó el recurso de apelación presentado por los abogados. Se explicó que este tipo de apelaciones sólo son posibles cuando existe un interés jurídico concreto; es decir, cuando se demuestra un daño o perjuicio real que justifique una revisión judicial.

En este caso, señalaron que la apelación no puede basarse en agravios posibles o futuros, sino que debe tratarse de afectaciones concretas y actuales a los derechos de una persona. Esta regla está en línea con el artículo 116 de la Constitución Nacional, que establece que los jueces deben resolver casos concretos y no hacer declaraciones generales o hipotéticas.

Al no existir un pedido formal de revocatoria iniciado contra la intendenta en los términos de los artículos 157 y 162 de la Ley 8102, la Justicia entendió que no había ningún agravio actual que justificara abrir la instancia de apelación.

También se remarcó que el escrito de agravios presentado por los abogados no cumple con los requisitos necesarios para habilitar una revisión judicial: no contiene una crítica razonada y concreta de los actos de la Junta, sino que simplemente expresa una disconformidad con las decisiones tomadas, que además son consistentes con la jurisprudencia provincial.

Batalla judicial por la revocatoria en Mendiolaza

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5 comentarios

  1. Cristina Bordenabe

    El proceso democrático DEBE CONTINUAR ! Cual es el problema ?? O estamos en manos de dictadores en Mendiolaza ?

    • Jorge Ceballos

      Por supuesto, y aquí no son promesas de campaña, aquí son cosas cotidianas y necesarias de todos los días, que nos afectan a todos los vecinos como es el arreglo de calles, las luminarias el aumento desmedido de los impuestos, la intendente tendría que hacer un paso al costado

  2. Claudia noemi gutierrez

    Que pasa.la gente de mendiolaza esta pidiendo se retire que tanto problema.como vecina respeten nuestros derechos democráticos

  3. Que tanto problema por hacer un Referéndum!!!! Además quién va a pagar todos los gastos de letrados y procesales. Tanto «quilombo» por un triste pedido de revocatoria hecho por un jubilado. Tanto miedo tienen

  4. Si hay un inicio de reclamo de vecinos , la revocatoria debería analizarse como tal, porque tanto ahínco en anular el reclamo de la gente , habría que articular medios de convencer a la ciudadanía de Mendiolaza , que se va a cambiar de rumbo y que los reclamos serán escuchados y solucionados ! Los abogados defienden lo indefendible que es la voluntad de mucha gente de Mendiolaza! MÁS BIEN DEDÍQUENSE A CALMAR LOS ÁNIMOS , Y ASI AVANZAR EN RESPEUSTAS BASADAS EN EL RESPETO Y EMPATÍA CON EL CIUDADANO !

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